martes, 25 de junio de 2013

Ley del voto a los 16

Esta ley establece que el DNI se renovará a los 14 años, oportunidad en la que se solicitará la acreditación de escolaridad.

Por Decreto, el 21/06/2012 se promulgó la Ley Nº 26.774 que incluye el derecho de votar a los que hayan cumplido dieciséis (16) años, quienes gozarán de todos los derechos políticos conforme a la Constitución y a las leyes de la República.

La promulgación lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el Jefe de Gabinete, Juan M. Abal Medina y el ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo.
La Ley de ciudadanía argentina fue sancionada por el Congreso el 31 de octubre último y la firma de promulgación fue realizada ayer por la Presidenta durante un acto en la Casa de Gobierno.

Establece que son electores los argentinos nativos y por opción, desde los dieciséis (16) años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los dieciocho (18) años de edad, que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en la ley.

Entre otras cuestiones establece que la renovación del DNI se realizará a los 14 años. Al cumplir los catorce años de edad, oportunidad en que se completarán se completarán todos los datos y antecedentes, incluyendo una nueva fotografía. En esta etapa de actualización, que suple al anterior enrolamiento y empadronamiento, se entregará el documento nacional de identidad que corresponde.

En la primera actualización de los datos de identificación, se requerirá la presentación del certificado que acredite escolaridad actual, extendido por autoridad competente.
Al tramitar la persona la actualización prevista a los catorce (14) años de edad, se solicitará el certificado de aprobación de la Educación General Básica, o la acreditación de escolaridad actual.


El Poder Ejecutivo nacional instrumentará una campaña de difusión y documentación destinada a que los jóvenes de catorce (14) años de edad tramiten la renovación del Documento Nacional de Identidad.

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